Ius in fieri mantiene una convocatoria permanente para autores que estén interesados en publicar artículos y notas a fallo en el sitio.

Los mismos deben ser enviados a: publicaciones@iusinfieri.com.ar, y deben respetar nuestras pautas mínimas para autores.

Luego de recibidos, los trabajos son sometidos a un proceso de control por miembros de nuestro Consejo de Redacción, y, una vez aprobados, pasan a publicación.

PAUTAS MÍNIMAS PARA AUTORES

1) Debe tratarse de un texto inédito sobre cualquier temática a elección del autor vinculada necesariamente a la ciencia jurídica.

2) Remitir en formato Word, al mail (publicaciones@iusinfieri.com.ar), tamaño a4, letra Times New Roman 12, interlineado 1,5, texto justificado. El equipo editorial de ius in fieri contestará indicando la aceptación, rechazo o necesidad de adecuación del trabajo.

3) En el mismo correo deberá adjuntarse una foto del autor (como mínmo de 400×400 px), sus antecedentes a destacar, e indicar 4 palabras claves del artículo.

4) Las citas deben realizarse a pie de página en la misma fuente del texto general y en tamaño 10.

5) No es necesario individualizar la bibliografía utilizada, basta con las citas en el modo indicado.

6) El formato de cita es a libre elección del autor debiéndose consignar mínimamente:

a) Obras de autor individual: Nombre y apellido completos del autor, título, año y lugar de publicación, editorial y página/s citada.

b) Obras colectivas: ídem al punto a) en relación al capítulo citado, pero añadiendo los directores y coordinadores de la obra colectiva.

c) Artículos de doctrina: Nombre y apellido completo del autor, título, revista digital o física en la cual se ha publicado, cita online de su publicación en caso de recuperar el artículo de una base de datos.

d) Artículos obtenidos de páginas web de acceso abierto: copiar el link del sitio, señalando el día en el cual se consultó el mismo.

e) Precedentes jurisprudenciales: Tribunal interviniente, fecha de la sentencia, carátula del expediente y cita de la publicación del fallo. En sentencias de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, bastará con la cita de Fallos.